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CONOZCA EL SERVICIO
 
Estos son los temas que le pueden ayudar a conocer la operativa de Venta a Crédito

  Características generales
  Características particulares
  Marco Legal
  Garantías a aportar
  Alta en el servicio y límites operativos
  Baja del servicio
  Valores disponibles y condiciones por valor
  Alta de operaciones horarios y vencimientos
  Liquidación de operaciones y recalculo de garantías
  Cierre de posiciones
  Comisiones
  Órdenes stop
  Fiscalidad
  Implicaciones de la suspensión de cotización de un valor
  Dividendos, Ampliaciones de Capital y resto de Operaciones Financieras/Eventos
  Compruebe sus conocimientos
 
  Características generales
 
  Bankinter pone a su disposición el servicio Venta a crédito que le permite obtener beneficios de la tendencia bajista de un valor, realizando una venta de títulos tomados en préstamo. Una vez realizada la venta, podrá cancelar el préstamo cuando lo desee (siempre antes del vencimiento) comprando de nuevo los títulos.
 
  El servicio Venta a crédito permite obtener importantes beneficios en el caso de que el valor vendido baje. Por el contrario, una evolución al alza del valor puede traducirse en fuertes pérdidas, de forma que esta operativa lleva aparejados considerables riesgos que usted debe estar preparado para asumir.
 
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  Características particulares
 
 Al tomar la decisión de utilizar este servicio se debe tener en cuenta que este tipo de operaciones:
 
  -requieren un profundo conocimiento de los mercados de valores, procedimientos de ejecución de órdenes, rangos estáticos y dinámicos definidos por la Sociedad de Bolsas y volatilidad histórica de los valores.
  -encierran un potencial de pérdida en función de la evolución de los mercados limitado tan sólo por dichos rangos.
  -exigen un seguimiento al menos diario de su posición abierta y una actuación diligente para recoger los beneficios o en su caso limitar las pérdidas cerrando la posición.
  -pueden ser temporalmente suspendidas si la situación de los mercados o la posición global abierta de Bankinter así lo recomienda. En estos casos no se permitirá la apertura -de nuevas posiciones y las posiciones ya en vigor podrán ser canceladas anticipadamente.- Conlleva un recalculo diario de las garantías a aportar que puede hacer necesarias aportaciones adicionales de efectivo tal y como se indica en el apartado 'Garantías a aportar'
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  Marco Legal
 
  El servicio de Venta a Crédito está diseñado en conformidad con la Orden Ministerial de Economía y Hacienda de veinticinco de Marzo de 1.991 que regula el Sistema de Crédito en Operaciones Bursátiles de Contado y con la normativa establecida por las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Madrid, Barcelona y Valencia.
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  Garantías a aportar
 
 Para garantizar que el riesgo de la operación está cubierto, en el momento de introducir la orden de venta debe aportarse un porcentaje en concepto de garantía adicional. Una vez la orden se ha ejecutado y el préstamo se constituye es importante tener en cuenta que:
 
 -el vendedor deberá aportar como garantía principal, el importe de la venta, y como garantía adicional, un porcentaje. Estas garantías quedarán depositadas en Bankinter durante la vida de la operación.
 
 -el porcentaje de efectivo aportado como garantía adicional será de un 25%.
 
 -las garantías tomadas para una operación en vigor se calcularán diariamente considerando el último precio de cierre. El importe de esta garantía deberá cubrir en todo momento el valor efectivo de los títulos a precio de mercado más el porcentaje de garantía adicional, no pudiendo ser nunca inferior a la garantía inicial (precio de venta de los titulos más el 25%).
 
 -en caso de que no exista efectivo suficiente en la cuenta de efectivo asociada a la cuenta de valores para constituir dicha garantía, Bankinter se reserva el derecho de cerrar la posición y cancelar anticipadamente el préstamo de valores constituido enviando por cuenta del cliente orden de compra a mercado por los títulos prestados.
 
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  Alta en el servicio y límites operativos
 
 Para poder operar con nuestro servicio de Venta a Crédito es necesaria el alta en el servicio donde:
 
 -se selecciona la cuenta de valores con la que desea operar
 
 -se firma el Contrato de Compra/Venta de Valores a Crédito, donde se detallan las condiciones del mismo.
 
 -se establece un límite de riesgo máximo para el cliente en posiciones de venta a crédito.
 
 Tanto el alta en el servicio como la modificación del límite de riesgo estarán sujetas a los criterios establecidos por el área de riesgos de Bankinter.
 
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  Baja del servicio
 
 Podrá darse de baja en el servicio en el momento que desee en la opción "Alta/Baja". Bankinter se reserva el derecho a dar de baja en el servicio a un cliente cuando se cumpla alguno de los supuestos establecidos en el contrato.
 
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  Valores disponibles y condiciones por valor
 
 La apertura de posiciones estará limitada a los valores de mayor capitalización y liquidez del IBEX 35 que Bankinter determine, de entre aquellos autorizados por la CNMV.
 
 Con objeto de cubrir movimientos excepcionales del mercado, Bankinter se reserva la facultad de decidir la suspensión de dicha operativa para un determinado valor o grupo de valores.
 
 Para cada valor se establece un porcentaje de efectivo como garantía adicional siendo el mínimo legal establecido el 25%.
 
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  Alta de operaciones horarios y vencimientos
 
 Alta
 
 Una vez dado de alta en el servicio, podrá introducir una orden de apertura de Venta a Crédito en cualquier momento siempre que Bankinter disponga de títulos disponibles, siendo la operación mínima en efectivo de 1.202,02 euros.
 La operación se enviará a bolsa de forma inmediata, si la sesión está abierta, o a la apertura de la siguiente sesión si no lo está. Una vez se reciba la ejecución de la Venta se formalizará el préstamo de títulos correspondiente.
 
 En el momento de introducción de la orden de apertura de posición se practica una retención por el porcentaje de garantía adicional que se haya determinado para el valor del que se trate.
 Si finalizado el plazo de validez de la orden no se hubiera ejecutado en todo o en parte se liberará la parte proporcional de importe retenido.
 
 Se recomienda hacer un seguimiento de las ordenes de apertura introducidas ya que en caso de que, finalizada la sesión bursatil, no se hubiera ejecutado el mínimo legal de 1.202,02 €, el Banco se reserva el derecho de cerrar la posición enviando, el día hábil siguiente, una orden de compra a mercado por cuenta del cliente por los títulos necesarios para el cierre. En este caso la SCLV aplicará una penalización que correrá por cuenta del cliente, esta penalización incluye también la diferencia entre ambos precios, si el precio de compra fuera inferior al de venta, de modo que, en este caso, nunca podrá resultar del cierre de la posición beneficio alguno para el cliente. En este caso, el Banco cobrará una comisión especial de gestión que se define en las condiciones particulares del presente Contrato.
 

 

Vencimiento
 
 De acuerdo con la Orden Ministerial que regula esta operativa, el vencimiento del préstamo será el último día hábil del mes para operaciones formalizadas antes del día 15 (éste incluido) y el último día hábil del siguiente mes para el resto.
 A partir de ese primer vencimiento el préstamo tendrá dos prorrogas automáticas de un mes cada una (siempre que así lo permitan los criterios establecidos por el área de riesgos de Bankinter). Por tanto, el plazo máximo oscilará entre dos meses y medio y tres meses y medio. Si bien el cliente podrá cancelar la operación en cualquier momento.
 
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  Liquidación de operaciones y recalculo de garantías
 
 -Al final del día de la formalización del préstamo (ejecución de orden de venta) se realizará el abono neto de la venta y se practicará un cargo importe de la venta en concepto de garantía principal más la garantía adicional establecida. También se liquidarán las comisiones y gastos de la venta de valores.
  -Durante la vida del préstamo, diariamente se recalculará la garantía adicional en función de la evolución del precio del valor y del porcentaje establecido para cada valor.
 
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  Cierre de posiciones
 
 La posición en Venta a Crédito es independiente de las que el cliente mantenga en otras operativas, de forma que es posible mantener posición sobre un determinado valor y seguir comprando y vendiendo a través de su operativa habitual sin que las operaciones que se realicen se reflejen en la posición de Venta a Crédito.
 
 También es posible mantener una posición en Intradía a Crédito independiente de la que se mantenga en Venta a Crédito
 
 Para cerrar una posición en Venta a Crédito hay que utilizar la opción "Cerrar" de la consulta "Venta a Crédito : Mi posición".
 
 El cierre se puede hacer de dos formas:
 -introduciendo una orden de cierre.
 -al dispararse una orden stop previamente informada.
 
 En cualquiera de los dos casos, se bloquearán los títulos comprados y se liberará la parte proporcional de las garantías principal y adicional cancelándose total o parcialmente el préstamo al final del día.
 
 Si a las 17:00 del día de vencimiento de la última prórroga hubiera posición abierta, se instruirá una orden de compra y las garantías aportadas se aplicarán al pago de esta operación abonándose en cuenta el efectivo sobrante si lo hubiera o cargándose la diferencia si la retención no fuera suficiente para atender a dicho pago.
 
 En los casos en que la cancelación de préstamos se realice con compra de títulos se aplicará la comisión de compra y cancelación de préstamos correspondiente.
 
 En el caso de que sea el banco el que deba inicial el cierre del préstamo adicionalmente se cobrará comisión especial de gestión. Ver las comisiones aplicables.
 
 
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  Comisiones
 
 Le ofrecemos el servicio de Venta A crédito con las mejores condiciones del mercado.
 Puede existir uno o varios grupos de valores con comisiones distintas, cada valor podrá cambiar de grupo dependiendo de la situación del mercado para la toma de títulos prestados. Los cambios de grupo se harán mensualmente, aunque podrá haber cambios en cualquier momento si la situación del mercado lo requiere.  Vea las comisiones aplicables 
 
 
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  Órdenes stop
 
Las órdenes stop permiten definir un criterio de parada de pérdidas (stop-loss) o recogida de beneficios (stop-profit) para una posición y tienen las siguientes características:
 
-pueden introducirse sobre la posición abierta existente no ordenada a cierre
 
-en la orden stop se establece un precio y una condición de activación (mayor o igual / menor o igual) y se informan los títulos y precio límite que debe tener la orden que se genere cuando se cumpla la condición.
 
-es posible introducir tantas órdenes stop como se quiera, de forma que pueden definirse distintos niveles de parada de pérdidas y recogida de beneficios con solo introducir varias órdenes, cada una de ellas por los títulos que se desee.
 
-al cumplirse la condición de activación, la orden stop enviará a bolsa automáticamente una orden limitada al precio establecido y por los títulos indicados (o por la posición restante en el caso de que no haya en la misma títulos suficientes).
 
-las órdenes stop no están vinculadas a una orden de apertura en concreto, sino a la totalidad de la posición. En el caso de que existan varias, se activará una u otra dependiendo de la evolución del precio y siempre que existan títulos en la posición del cliente.
 
-es posible que se cumpla la condición de activación de una orden stop pero no haya títulos suficientes en la posición en ese momento debido a uno o varios de los siguientes motivos:
 1.   Que la posición ya esta cerrada.
 2.   Que se han dado de alta órdenes de cierre por la totalidad o parte de la posición.
 3.   Que se ha cumplido la condición de activación de otras órdenes stop y se han enviado órdenes a bolsa por la totalidad o parte de la posición.
 
 En estos casos la orden stop quedará sin efecto en su totalidad ó en la parte correspondiente a los títulos no disponibles.
 
-es importante ajustar el precio límite informado en las órdenes stop de forma que esté lo más cercano posible al precio de activación. Si el precio límite no se ajusta lo suficiente, se corre el riesgo de enviar a bolsa una orden que tiene pocas probabilidades de cruzarse, pero que disminuye el número de títulos sin orden de cierre.
 
-sólo es posible tramitar este tipo de órdenes a través de Internet, si bien el servicio de Especialistas Bolsa atenderá las peticiones de baja de órdenes stop en caso de indisponibilidad del Broker ebankinter.
 
-el funcionamiento y características de este tipo de órdenes es similar al de las órdenes stop (para más información consulte las características de órdenes stop, y los ejemplos de orden stop de compra y orden stop de venta).
 
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  Fiscalidad
 
1.   En el alta del préstamo la incorporación a su patrimonio de los títulos prestados no tiene implicación fiscal. La venta de los valores tomados en préstamo no genera renta alguna en ese momento.
 
2.   En la cancelación del préstamo se produce, a efectos del IRPF: una ganancia o pérdida patrimonial y, a efectos del Impuesto de Sociedades: ingresos financieros.
 La cancelación del préstamo se realizará con la compra de títulos y la ganancia o pérdida patrimonial será la diferencia entre el valor de venta y el valor de compra. Las adquisiciones que se realicen durante la vida del préstamo, se imputarán en primer lugar a la cartera de valores tomados.
 
 (Las comisiones satisfechas por la venta y posterior compra, si se produce, inciden en el cálculo de la ganancia/pérdida patrimonial, no así, las comisiones por préstamo).
 
3.   La compensación económica que debe satisfacer por los derechos económicos derivados de los valores recibidos en préstamo tendrán consideración de gasto financiero, siendo deducible para personas jurídicas pero no para personas físicas.
 
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  Implicaciones de la suspensión de cotización de un valor
 
  La suspensión de cotización de un valor puede tener importantes implicaciones sobre las posiciones abiertas. Bankinter se reserva el derecho de solicitar aportaciones de efectivo adicionales para las posiciones que puedan registrar pérdidas dada la evolución esperada del valor. En el caso de que no se realice dicha aportación Bankinter podrá cerrar la posición tan pronto como se reanude la cotización del valor.
 
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  Dividendos, Ampliaciones de Capital y resto de Operaciones Financieras/Eventos
 
  Dividendos
  En caso de producirse, durante la vida del préstamo, reparto de dividendos sobre los títulos prestados, el prestatario está obligado a aportar en el momento del devengo, para su abono al prestamista, la cantidad equivalente al importe bruto de los derechos económicos generados por los títulos prestados.
 
 
  Ampliaciones
  En caso de producirse, durante la vida del préstamo, ampliación de capital de los títulos prestados, el prestatario deberá aportar, para su abono al prestamista, el valor de estos derechos a precio de mercado.
 
  Para cualquier otro evento, según la normativa vigente, el prestamista de los títulos percibirá el importe dinerario correspondiente a los derechos económicos que se generan durante la cesión de los títulos.
 
  En estos casos se realizará un cargo por el importe correspondiente en la cuenta del prestatario.
 
  En caso de producirse otras Operaciones Financieras o Eventos sobre los títulos objeto del préstamo, Bankinter se reserva el derecho a cancelar el préstamo con anterioridad a producirse el evento.
 
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  Compruebe sus conocimientos
 
  Le recomendamos que antes de utilizar la operativa Venta a Crédito, ponga a prueba sus conocimientos.
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