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Fiscalidad

Las ganancias (precio de venta menos precio de compra) por venta de valores se integran en la base del ahorro como ganancia patrimonial aplicándose una tarifa progresiva desde el 19% al 23% con independencia de su periodo de generación.
La transmisión de los derechos de suscripción preferente procedentes de valores admitidos a negociación se integran en la base del ahorro como ganancia patrimonial aplicándose una tarifa progresiva desde el 19% al 23%. Esta transmisión está sometida a retención cuando los derechos hubiesen sido adquiridos por asignación gratuita en el marco de una ampliación de capital por parte de los sujetos pasivos del IRPF.
Los residentes en País Vasco y Navarra aplican su propia normativa.